Nacionalidad Española por Residencia
El procedimiento legal para la obtención de la ciudadanía española y el pleno derecho a la ciudadanía europea.
Evaluar mi caso →La obtención de la nacionalidad española representa la culminación definitiva de tu proyecto de vida y arraigo en España. Esta vía exige de forma preceptiva que el solicitante haya residido en territorio español de manera legal, continuada e inmediatamente anterior a la formulación de la solicitud formal. A diferencia de los visados consulares, este trámite administrativo se inicia y se gestiona íntegramente desde España.
Plazos de Residencia Legal Requeridos
El Código Civil establece diferentes plazos de residencia obligatoria según la procedencia o la situación personal y familiar del solicitante:
Regla General
Plazo estándar de residencia legal y continuada exigible para los solicitantes de carácter general.
Refugiados
Aplicable única y exclusivamente para aquellas personas que hayan obtenido de forma oficial la condición de refugiado.
Iberoamérica y otros
Exigible para los ciudadanos originarios de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
Supuestos especiales
Nacidos en España, casados con español/a durante un año, viudos/as de ciudadano español, o nacidos fuera de España de padre, madre, abuelo o abuela originariamente españoles.
Requisitos de Integración y Pruebas Oficiales
El interesado debe acreditar una buena conducta cívica y un grado suficiente de integración en la sociedad española, formalizando la superación de dos pruebas oficiales del Instituto Cervantes:
Prueba CCSE
Examen obligatorio para mayores de 18 años sobre Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España.
Prueba DELE A2
Acreditación del conocimiento del idioma español. Quedan exentos los nacionales de países cuya lengua oficial sea el castellano.
Fases del Proceso Administrativo
La tramitación se compone de una secuencia ordenada de fases técnicas en las que la minuciosidad documental resulta crítica:
Cómputo y Análisis Técnico
Verificación del cumplimiento estricto del tiempo de residencia exigido y análisis de las ausencias del país para garantizar que sea una residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.
Superación de Exámenes
Inscripción, preparación formal y aprobación de las pruebas obligatorias CCSE y/o DELE A2 ante los centros acreditados del Instituto Cervantes.
Preparación Documental y Traducción
Obtención, legalización o apostilla de los certificados indispensables de tu país de origen (acta de nacimiento, antecedentes penales), asegurando su traducción jurada oficial al castellano.
Liquidación de Tasas
Abono formal de la tasa administrativa obligatoria exigida por el Ministerio de Justicia para el inicio del expediente.
Presentación Digital
Carga estructurada y telemática del expediente completo en la plataforma digital oficial del Gobierno de España.
Resolución, Jura e Inscripción
Una vez emitida la resolución favorable, dispones de 180 días improrrogables para el acto formal de Jura o Promesa ante el Registro Civil o Notario, culminando con la expedición de tu partida de nacimiento española.
Nuestra Asistencia Técnica
⚠️ Cualquier error material, una ausencia prolongada mal computada o un documento sin la debida legalización internacional puede derivar en la denegación del expediente.
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Evaluar rigurosamente tu historial de residencia legal y la validez temporal de tus antecedentes antes de iniciar cualquier actuación administrativa.
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Ofrecerte pautas profesionales para la correcta obtención y control de idoneidad de los certificados que deben conformar el expediente formal.
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Gestionar la presentación telemática oficial en tu nombre ante la plataforma del Ministerio de Justicia, con seguimiento técnico preventivo a lo largo de toda la tramitación.
¿Cumples los requisitos para la nacionalidad?
Evaluamos tu historial de residencia y te confirmamos si estás en posición de iniciar el expediente.
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